Quizás se trate la Ley de emergencia en discapacidad en el Congreso Nacional. Para instruirnos un poco al respecto comparto este video. Enlace https://youtu.be/ZWeP1CzNUeA?si=Vwl0uZr2dkHnW5lM
Lamento profundamente que muchos votantes se diviertan hablando de motosierra, más aún siendo padres, familiares y/o docentes de personas con discapacidad.
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DISCAPACIDAD EN EMERGENCIA
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Papá docente apoyando al Garrahan. Su testimonio, con su hijo paciente, es solo un ejemplo de miles y miles de niños. Prof. Beto Mendiolar, La Matanza.
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Propuesta áulica. No sé si se sigue usando la palabra generadora, pero para mañana, es CLUACA. Es la misma burra que dijo que con $360.000 se vive en mayo 2025.
Esto es adoctrinar a los chicos, para que no voten a los que votan las docentas y docentos, y también Auxiliaros y Auxiliaras.
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En “culipatín” a la indemnización
Por la fractura del pie de una adolescente que se “tiró” en culipatin en el Cerro Catedral de Bariloche en su viaje de egresados, la agencia de viajes y a las aseguradoras deberan responder los daños, que incluían un mal diagnóstico inicial como “esguince”.
En “culipatín” a la indemnización
La Justicia Comercial ordenó que se indemnice a una adolescente que viajó como egresada a Bariloche en 2017 y, mientras hacía la excursión al cerro Catedral, se tiró en “culipatín”, se golpeó un pie con una roca y se fracturó.
Según surge del expediente “P. L. G. c/ Travel Rock S.A. y otros s/ Ordinario”, a la jóven primero le diagnosticaron un esguince en el tobillo izquierdo pero posteriormente en un centro traumatológico le indicaron que tenía una fractura de calcáneo que no requería cirugía, sino un yeso. Finalmente, al volver a su domicilio en La Plata, una nueva consulta indicó que debía ser intervenida quirúrgicamente.
En virtud de ello, la víctima demandó a la empresa de turismo, así como a las aseguradoras, reclamando los daños y perjuicios derivados de esa actividad riesgosa realizada en el marco del contrato celebrado con la firma. Allí reclamó casi 7 millones de pesos por diferentes rubros como la incapacidad sobreviniente, el daño psicológico, moral, estético y gastos.
Si bien las demandadas alegaron la culpa de la víctima en una maniobra imprudente, no lograron probarlo, mientras que la actora acreditó que solo le dieron un casco sin brindarle indicaciones concretas de como realizar la actividad o si requería de un calzado especial.
El magistrado de primera instancia admitió el reclamo aplicando la normativa de consumidor y entendiendo que, si bien las demandadas alegaron la culpa de la víctima en una maniobra imprudente, no lograron probarlo, mientras que la actora acreditó que solo le dieron un casco sin brindarle indicaciones concretas de como realizar la actividad o si requería de un calzado especial.
Por su parte, también se consideró responsable a la empresa contratada para dar cobertura médica en el viaje, dado que el perito médico demostró que la fractura era difícilmente confundible con un esguince, y esta formaba parte de la cadena de comercialización.
También se consideró responsable a la empresa contratada para dar cobertura médica en el viaje, dado que el perito médico demostró que la fractura era difícilmente confundible con un esguince, y esta formaba parte de la cadena de comercialización.
El juez entendió que había un 31% de incapacidad sobreviniente, que valuó en $4.450.465, a lo que sumó $2.000.000 por daño moral, $5.000 por gastos médicos y $100.000 por daño estético, descartándose el daño psicológico, el planteo de temeridad y malicia y la aplicación de tasa activa de interés.
Apelado el pronunciamiento por todas las partes, la Sala C de la Cámara Comercial rechazó los recursos de las demandadas y admitió parcialmente el de la actora.
Al fallar, los camaristas Matilde Ballerini, Eduardo R. Machin y Alejandra Noemi Tevez remarcaron que la cuantificación de los daños y la procedencia de los rubros estaba correctamente valuada en primera instancia, debiendo corregirse únicamente lo referente a gastos médicos elevando el monto de $5.000 a $10.000.
Todo lo demás debía ser confirmado, dado que la actora no acreditó que los montos apelados por bajos fueran irrazonables, mientras que las demandadas no lograron excluir su responsabilidad, ni acreditaron que la tasa de interés provocara un enriquecimiento sin causa en la reclamante.
Fte. Diario Judicial
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En “culipatín” a la indemnización
La Justicia Comercial ordenó que se indemnice a una adolescente que viajó como egresada a Bariloche en 2017 y, mientras hacía la excursión al cerro Catedral, se tiró en “culipatín”, se golpeó un pie con una roca y se fracturó.
Según surge del expediente “P. L. G. c/ Travel Rock S.A. y otros s/ Ordinario”, a la jóven primero le diagnosticaron un esguince en el tobillo izquierdo pero posteriormente en un centro traumatológico le indicaron que tenía una fractura de calcáneo que no requería cirugía, sino un yeso. Finalmente, al volver a su domicilio en La Plata, una nueva consulta indicó que debía ser intervenida quirúrgicamente.
En virtud de ello, la víctima demandó a la empresa de turismo, así como a las aseguradoras, reclamando los daños y perjuicios derivados de esa actividad riesgosa realizada en el marco del contrato celebrado con la firma. Allí reclamó casi 7 millones de pesos por diferentes rubros como la incapacidad sobreviniente, el daño psicológico, moral, estético y gastos.
Si bien las demandadas alegaron la culpa de la víctima en una maniobra imprudente, no lograron probarlo, mientras que la actora acreditó que solo le dieron un casco sin brindarle indicaciones concretas de como realizar la actividad o si requería de un calzado especial.
El magistrado de primera instancia admitió el reclamo aplicando la normativa de consumidor y entendiendo que, si bien las demandadas alegaron la culpa de la víctima en una maniobra imprudente, no lograron probarlo, mientras que la actora acreditó que solo le dieron un casco sin brindarle indicaciones concretas de como realizar la actividad o si requería de un calzado especial.
Por su parte, también se consideró responsable a la empresa contratada para dar cobertura médica en el viaje, dado que el perito médico demostró que la fractura era difícilmente confundible con un esguince, y esta formaba parte de la cadena de comercialización.
También se consideró responsable a la empresa contratada para dar cobertura médica en el viaje, dado que el perito médico demostró que la fractura era difícilmente confundible con un esguince, y esta formaba parte de la cadena de comercialización.
El juez entendió que había un 31% de incapacidad sobreviniente, que valuó en $4.450.465, a lo que sumó $2.000.000 por daño moral, $5.000 por gastos médicos y $100.000 por daño estético, descartándose el daño psicológico, el planteo de temeridad y malicia y la aplicación de tasa activa de interés.
Apelado el pronunciamiento por todas las partes, la Sala C de la Cámara Comercial rechazó los recursos de las demandadas y admitió parcialmente el de la actora.
Al fallar, los camaristas Matilde Ballerini, Eduardo R. Machin y Alejandra Noemi Tevez remarcaron que la cuantificación de los daños y la procedencia de los rubros estaba correctamente valuada en primera instancia, debiendo corregirse únicamente lo referente a gastos médicos elevando el monto de $5.000 a $10.000.
Todo lo demás debía ser confirmado, dado que la actora no acreditó que los montos apelados por bajos fueran irrazonables, mientras que las demandadas no lograron excluir su responsabilidad, ni acreditaron que la tasa de interés provocara un enriquecimiento sin causa en la reclamante.
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Entre un Docento o Docenta malo o bruta, ¿cuál es la mejor opSión?
A las 3 de la mañana abandonaron el recinto los diputados de La Libertad Avanza, el PRO y la UCR. De ese modo, quitaron el Quorum, hicieron que se levante la sesión, e impidieron el debate sobre el financiamiento universitario y la emergencia pediátrica del Garrahan.
Los burros que se expresan como "cluacas" en el "serro" de las redes sociales no van a financiar a las Universidades, necesitan mas adeptos de su misma condición. Docentas y Docentos aplauden.
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Revisá tu Jhon Blacky y en Movimientos Pendientes verás el aumentazo que cobrarás 6/6/25
Los docentes y auxiliares bonaerenses no necesitan recurrir a sus dólares en el colchón porque siguen cobrando aumentazo.💪🏻💵👏🏻💰🪙📝
Éxitos
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Cuenta DNI dejará de funcionar por cambios. Mirá días y horario.
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Para los que no son profesores y quieren estar en el Listado Oficial, tienen que hacer este Tramo de Formación Pedagógica
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La Sra. dice que eLLA ✌️ Vuelve.
De LLA 🗽 nadie habla bien.
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“Lo bueno de tener sistemas y gestión transparente: esto quiere decir lo que Garrahan facturó en 2025 al IOMA y lo que el IOMA pagó. De $1.268 millones facturados, ya cobró $1.006 millones”, explicó Kreplak y remató con un dardo a la Casa Rosada: “No digan mentiras y sean responsables. Resuelvan la situación del hospital pediátrico más importante del país. Hay que laburar, no mentir sobre los trabajadores ni sobre cualquier otra cosa”.
Si te la creíste, te cuento que Milei te mintió otra vez.
Kichi paga.
Javo estafa.
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Mirá como "patotearon" a una docente que tuvo el coraje de presentarse en una inauguración. Todos los garcas tapando al que filma.
Santa Fe.
Yo tengo fe que todo cambiará.
fc
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Desde el 4 de junio, en las escuelas mendocinas implementaron un sistema biométrico de control de asistencia, en cumplimiento del Decreto Provincial N.º 1944/24.
Si fuera en PBA, en el Mercado Central y en La Salada, se venderían prótesis de silicona con las huellas 🐾👣 de tus compañeros 😊😂😜😏
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No se limita la huelga
09 de Junio de 2025
Se confirmó el rechazo al DNU del gobierno que fue denunciado por limitar el derecho a huelga, en el marco de una causa iniciada por la CGT. Los camaristas aseguraron que el Ejecutivo no puede arrogarse facultades del Congreso.
09 de Junio de 2025
Se confirmó el rechazo al DNU del gobierno que fue denunciado por limitar el derecho a huelga, en el marco de una causa iniciada por la CGT. Los camaristas aseguraron que el Ejecutivo no puede arrogarse facultades del Congreso.
Jubilindi IPS PBA. Haberes junio 2025 y aguinaldo. Cronograma de pago.
DNI 0 a 3. Viernes 27/06
DNI 4 a 9. Sábado 28/06
Además del aguinaldo te van a liquidar un 2% en tus haberes, ya que en mayo te pagaron un aumento del 4% cuando debió ser del 6%. Por tanto, además de tener ese aumento, te van a pagar el retroactivo a mayo.
¡Megaaumentazo! 🥟🥟🥟🥟🥟🥟🥟
Kichi paga. Javo pega.
Kichi cumple. Javo estafa.
¡Qué lindo es dar buenas noticias 📻!
fc, fernando copado
DNI 0 a 3. Viernes 27/06
DNI 4 a 9. Sábado 28/06
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Kichi paga. Javo pega.
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fc, fernando copado
Si sos profesional o técnico y querés estar en el Listado Oficial y titularizar, tenés que hacer este tramo de formación. Es público y gratuito, por ahora, aprovechá.
El enlace del formulario que menciona la imagen es el siguiente ⏭️ https://forms.gle/4nYPdPvPcFDdwewq9
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La UCA repudió a José Luis Espert por sus insultos a Florencia Kirchner: "Llamamos a la reflexión"
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