Buenas! Cómo andan? Por acá arrancando el año laboral, después del receso de enero y hay varias noticias para compartirles, pero empiezo por esta nota que publicamos hoy desde OBSERVACOM, ya que es un tema que estamos siguiendo de cerca:
En 2020, en México incorporaron reformas a la Ley Federal de Derechos de Autor, producto del Tratado entre México 🇲🇽 Estados Unidos 🇺🇸 y Canadá 🇨🇦 (T-MEC).
⚠️ Una de esas reformas añadió a la ley autoral mexicana la legalización del mecanismo llamado notificación y retirada (notice and takedown), ya que entre sus acuerdos el T-MEC establece la obligación de realizar este mecanismo entre las tres naciones. El notice and takedown permite la eliminación de contenidos ante un simple pedido de un supuesto titular de derechos de autor, sin debido proceso y sin orden judicial previa, lo que afecta la libertad de expresión.
👊 Como respuesta, el 19 de agosto de 2020 Artículo 19 promovió una demanda de amparo indirecto.
⚖️ Después de casi cuatro años y tras ser sobreseído en primera instancia, se esperaba que el 17 de enero la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolviera las impugnaciones presentadas contra las reformas a la Ley de Derechos de Autor que establecen el mecanismo de “notificación y retirada” de contenidos en Internet, pero eso no sucedió.
Varias organizaciones sociales mexicanas impulsan la campaña #NiCensuraNiCandados y aseguran que la eliminación de contenidos de manera unilateral, a simple denuncia y sin debido proceso, pone “en juego la libertad de expresión en línea, el derecho a la cultura y la ciencia”.
Se espera que el amparo en revisión sea finalmente discutido en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en las próximas semanas.
En 2020, en México incorporaron reformas a la Ley Federal de Derechos de Autor, producto del Tratado entre México 🇲🇽 Estados Unidos 🇺🇸 y Canadá 🇨🇦 (T-MEC).
⚠️ Una de esas reformas añadió a la ley autoral mexicana la legalización del mecanismo llamado notificación y retirada (notice and takedown), ya que entre sus acuerdos el T-MEC establece la obligación de realizar este mecanismo entre las tres naciones. El notice and takedown permite la eliminación de contenidos ante un simple pedido de un supuesto titular de derechos de autor, sin debido proceso y sin orden judicial previa, lo que afecta la libertad de expresión.
👊 Como respuesta, el 19 de agosto de 2020 Artículo 19 promovió una demanda de amparo indirecto.
⚖️ Después de casi cuatro años y tras ser sobreseído en primera instancia, se esperaba que el 17 de enero la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolviera las impugnaciones presentadas contra las reformas a la Ley de Derechos de Autor que establecen el mecanismo de “notificación y retirada” de contenidos en Internet, pero eso no sucedió.
Varias organizaciones sociales mexicanas impulsan la campaña #NiCensuraNiCandados y aseguran que la eliminación de contenidos de manera unilateral, a simple denuncia y sin debido proceso, pone “en juego la libertad de expresión en línea, el derecho a la cultura y la ciencia”.
Se espera que el amparo en revisión sea finalmente discutido en la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en las próximas semanas.
Observacom
Suprema Corte de México apronta sentencia sobre “notificación y retiro” que podría ser histórica - Observacom
En México se esperaba que el 17 de enero la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolviera las impugnaciones presentadas contra las reformas a la Ley de Derechos de Autor que establecen el mecanismo de “notificación y retirada” de contenidos en Internet…