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📣 MASCARILLAS - 🔸 PARTE 1🔸

📖 MANUAL PARA ACOGERSE A LA EXENCION DE USO DE MASCARILLAS sin NECESIDAD DE JUSTIFICANTE MEDICO
según el apartado de Exepciones del Real Decreto Ley Núm. 163 Miércoles 10 de junio de 2020 Sec. I. Pág. 38737, recogidos en el Capitulo 2, artículo 6 punto 6.2:

1️⃣ Llevar consigo impreso o descargado en el movil el Real decreto Ley del 10 de Junio de 2020 (BOE-A-2020-5895) donde se contempla la exención por causa médica justificada en su apartado 6.2 (véase el documento publicado abajo)👇

2️⃣ Si se reside en una comunidad autónoma donde se ha decretado el uso de mascarilla continuamente, llevar también la publicación oficial de dicha comunidad, donde se recoge el apartado de las exenciones (estas son SIEMPRE las que están en el Real decreto ley del punto anterior, a no ser que la consejeria de Salud o cualquier otra autoridad de las CCAA haya especificado lo contrario en su publicación oficial). (Véase comunidades y documentos de publicaciones oficiales por comunidad abajo)👇

3️⃣ Ahora hay 3 opciones:

➡️ A) Si al portador de esta documentación NO LE IMPORTA REVELAR SUS DATOS PROTEGIDOS de CARÁCTER PERSONAL entonces llevar encima una copia, cuanto mas reciente sea mejor, de cualquier informe médico donde se recoja cual es la afección de salud o el diagnóstico que está reflejado en ella y que efectivamente demuestra que la persona portadora de tal documentación está afectada por una enfermedad o cuadro de los recogidos en el Capitulo 2, artículo 6 punto 6.2

➡️ B) Si por el contrario NO se QUIERE REVELAR DICHA INFORMACION, bastará con declarar que tiene cualquier tipo de enfermedad o dificultad de las también mencionadas en el punto 6.2,

➡️ C) Otra opción que también implica REVELAR SUS DATOS PROTEGIDOS de CARÁCTER PERSONAL es presentar una declaración responsable firmada, como el modelo de declaración responsable adjunto abajo👇 (basado en el modelo que NAVARRA facilita a sus ciudadanos para acogerse a la no exigencia del uso obligatorio de mascarilla,) o cualquier otro documento que sirva como declaracion responsable, como en el caso de ASTURIAS que lo lleva un paso mas lejos y dice que basta con que la persona firme una declaración de responsabilidad, sin facilitar modelo alguno a tal efecto.

‼️⚠️ A TENER EN CUENTA⚠️‼️
⚠️
Es importante utlizar las declaraciones responsables con RESPONSABILIDAD, es decir sabiendo que estamos revelando nuestros DATOS de CARACTER PERSONAL voluntariamente y que además, de EXIGIRSE JUSTIFICAR dicha declaración responsable, se debe poder acreditar la veracidad de la misma.
⚠️ Estos datos quedarán a disposición de la administración, quien podrá utlizarlos para, por ejemplo, elaborar un listado de personas que no usen mascarilla

✳️ PARA MAS INFORMACION

1.- 👁 Ver y descargar los documentos aportados
a continuación relacionados con este Manual, con captura de pantalla correspondiente 👇
2.- 👁 Visitar la página web del Abogado Luis de Miguel: https://www.scabelum.com/post/el-uso-de-mascarillas-en-catalu%C3%B1a-o-donde-sea
3.- 👁 Ver el vídeo publicado abajo👇 donde la Dra. Natalia Prego da las razones médicas para no llevar mascarillas de forma continuada y el abogado Luis de Miguel da las razones legales vigentes en la actualidad a las que todos nos podemos acoger respetando la LEGALIDAD en todo momento

📄 NOTA:

✔️Dentro de los documentos pdf de las normativas por comunidades autónomas en 🟨 amarillo están los resaltados referentes a la norma y exencion de uso de mascarillas, y ,
en 🟩 verde se encuentra resaltado el régimen sancionador (solo en algunos está el regimen sancionador),

✔️Además se publica también el documento al que hacen referencia como referencia para aplicar las sanciones llamado 🟩 Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.BOE-A-2011-15623-consolidado
En respuesta a la consulta de @RamchiSatya; Aqui están las EXCEPCIONES DE USO DE LA MASCARILLA entre las que se incluyen:

La obligacio‌n contenida en el apartado anterior no sera‌ exigible para las personas
1️⃣ que presenten algu‌n tipo de enfermedad o
2️⃣ -dificultad respiratoria
que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que,
3️⃣ por su situacio‌n de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomi‌a para quitarse la mascarilla, o bien
4️⃣ presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilizacio‌n.
5️⃣Tampoco sera‌ exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre,
6️⃣ ni en los supuestos de fuerza mayor o
7️⃣ situacio‌n de necesidad o cuando,
8️⃣ por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

De estos supuestos al menos el
2️⃣ DIFICULTAD RESPIRATORIA y el
7️⃣ situacion de NECESIDAD (te pica la nariz o la boca, te atragantas, etc o en el caso de un sordomudo necesitas leer los labios a alguien etc) se podría decir que todo el mundo los cumple eventualmente
Y el punto 4️⃣ -alteraciones de conducta - es algo que todos, ocasionalmente, y con mayor o menor frecuencia, podemos padecer: desde ataques de ansiedad, a fobias (de hecho ya hay fobias a las mascarillas), a hipocondría, agobio, depresión, ansiedad, nerviosismo, angustia...

Aun así, que le cite la LEY que expresamente recoge que por no usar correctamente la mascarilla puede ser susceptible de SUSPENDER EL DERECHO DE ASISTENCIA AL CENTRO, cosa que violaria la LEY VIGENTE que establece el DERECHO y la OBLIGACION de todo menor a la EDUCACION, por lo que de suspender la asistencia a clase:

A) estarían incumpliendo la LEY y deberian atenerse a las consecuencias legales derivadas de tal infraccion y cuya alternativa seria
B) DEBERIAN responsabilizarse de la educacion NO PRESENCIAL fuera del centro educativo del MENOR, puesto que tal sancion sin mas criterio que el de la escuela no puede vulnerar el derecho a la educacion del niño ni alterar la vida familiar (padres que deben quedarse en casa a cuidar del niño dejando trabajo, etc) por su decision arbitraria, por lo que de nuevo, serían responsables de los daños ocasionados no solo al menor sino a la familia y por ello se les podria presentar una demanda a los firmantes: Es decir LA TUTORA del menor que es quien PERSONALMENTE ejerce esta coacción y amenaza sobre el menor y sus representantes legales (tutores o padres)

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Si la INFORMACION
es PODER,
es hora de volvernos
P O D E R O S O S
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@Spain_Denuncia

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